Blog de Filosofia 1º de Bachillerato IES León Félipe. Por Antonio G. A. Asociado al blog La criada tracia.
lunes, 28 de enero de 2013
Creacionismo
CREACIONISMO
Se denomina creacionismo al conjunto de creencias, inspiradas en doctrinas religiosas, según las cuales la Tierra y cada ser vivo que existe actualmente proviene de un acto de creación por uno o varios seres divinos, cuyo acto de creación fue llevado a cabo de acuerdo con un propósito divino.
El creacionismo se destaca principalmente por los «movimientos antievolucionistas», tales como el diseño inteligente, cuyos partidarios buscan obstaculizar o impedir la enseñanza de la evolución biológica en las escuelas y universidades, arguyendo que existe un debate científico sobre la cuestión. Según estos movimientos creacionistas, los contenidos educativos sobre biología evolutiva han de sustituirse, o al menos contrarrestarse, con sus creencias y mitos religiosos o con la creación de los seres vivos por parte de un ser inteligente. En contraste con esta posición, la comunidad científica sostiene la conveniencia de diferenciar entre lo natural y lo sobrenatural, de forma que no se obstaculice el desarrollo de aquellos elementos que hacen al bienestar de los seres humanos.
Fijismo
FIJISMO
El fijismo o teoría fijista es una creencia que sostiene que las especies actualmente existentes han permanecido básicamente invariables desde la Creación. Las especies serían, por tanto, inmutables, tal y como fueron creadas. Los fósiles serían restos de los animales que perecieron en los diluvios bíblicos o bien caprichos de la naturaleza. El fijismo describe la naturaleza en su totalidad como una realidad definitiva, inmutable y acabada.
El fijismo o teoría fijista es una creencia que sostiene que las especies actualmente existentes han permanecido básicamente invariables desde la Creación. Las especies serían, por tanto, inmutables, tal y como fueron creadas. Los fósiles serían restos de los animales que perecieron en los diluvios bíblicos o bien caprichos de la naturaleza. El fijismo describe la naturaleza en su totalidad como una realidad definitiva, inmutable y acabada.
John Rawls
TEXTO DE JOHN RAWLS
Aunque la sociedad sea una empresa cooperativa, está igualmente caracterizada tanto por un conflicto de intereses, por una identidad de los mismo. Existe una identidad de intereses dado que la cooperación social hace posible para todos una vida mejor que la que cada uno podría tener si tuvieran que tratar de vivir únicamente gracias a sus propios esfuerzos. Existe un conflicto de intereses dado que los hombres no son indiferentes a la manera coma habrán de distribuirse los mayores beneficios mediante su colaboración, ya que con objeto de promover sus propios fines, cada uno preferirá una porción mayor que menor. Serán necesarios, pues, ciertos principios para escoger entre las varias configuraciones sociales que determinan esta división de ventajas y para suscribir un acuerdo acerca de las porciones distributivas correctas.
¿Cuales son las ideas principales del texto?
La sociedad es una empresa cooperativa, esta caracterizada por u conflicto de interés y por una identidad de los mismos.
Aunque la sociedad sea una empresa cooperativa, está igualmente caracterizada tanto por un conflicto de intereses, por una identidad de los mismo. Existe una identidad de intereses dado que la cooperación social hace posible para todos una vida mejor que la que cada uno podría tener si tuvieran que tratar de vivir únicamente gracias a sus propios esfuerzos. Existe un conflicto de intereses dado que los hombres no son indiferentes a la manera coma habrán de distribuirse los mayores beneficios mediante su colaboración, ya que con objeto de promover sus propios fines, cada uno preferirá una porción mayor que menor. Serán necesarios, pues, ciertos principios para escoger entre las varias configuraciones sociales que determinan esta división de ventajas y para suscribir un acuerdo acerca de las porciones distributivas correctas.
¿Cuales son las ideas principales del texto?
La sociedad es una empresa cooperativa, esta caracterizada por u conflicto de interés y por una identidad de los mismos.
Positivismos jurídico
El iuspositivismo o positivismo jurídico es una corriente de pensamiento jurídico. La principal tesis del iuspositivismo es la separación conceptual entre moral y derecho, que supone un rechazo a una vinculación lógica o necesaria entre ambos. A la vez, el iuspositivismo define las instituciones jurídicas como un tipo particular de instituciones sociales.
No existe una definición universalmente aceptada de iuspositivismo. Sin embargo, sus diferentes versiones tienen en común un planteamiento antimetafísico, defendiendo que el objeto de estudio de la ciencia jurídica es, exclusivamente, el derecho positivo; y que éste tiene, en su origen y desarrollo, una relación directa con determinados fenómenos sociales.
En alguna de sus versiones el positivismo jurídico plantea que el Derecho es un conjunto de normas dictadas por los seres humanos (por el soberano), a través del Estado, mediante un procedimiento formalmente válido, con la intención o voluntad de someter la conducta humana al orden disciplinario por el acatamiento de esas normas.
Definición de iusnaturalismo
IUSNATURALISMO
El iusnaturalismo o Derecho natural es una teoría ética y un enfoque filosófico del derecho que postula la existencia de derechos del hombre fundados en la naturaleza humana, universales, anteriores y superiores (o independientes) al ordenamiento jurídico positivo y al derecho fundado en la costumbre o derecho consuetudinario.
El iusnaturalismo o Derecho natural es una teoría ética y un enfoque filosófico del derecho que postula la existencia de derechos del hombre fundados en la naturaleza humana, universales, anteriores y superiores (o independientes) al ordenamiento jurídico positivo y al derecho fundado en la costumbre o derecho consuetudinario.
lunes, 21 de enero de 2013
Texto de Rousseau
Reduzcamos todo este balance a términos fáciles de comparar. Lo que pierde el hombre por el contrato social es su libertad natural y un derecho ilimitado a todo cuanto le tienta y puede alcanzar; lo que gana es la libertad civil y la propiedad de todo cuanto posee. Para no engañarnos en estas complicaciones, hay que distinguir la libertad natural, que no tiene más límite que las fuerzas del individuo, de la libertad civil, que está limitada por la voluntad general, y la posesión, que no es más que el efecto de la fuerza o el derecho del primer ocupante, de la propiedad, que no puede fundarse sino sobre un título positivo.
Según lo precedente, podría añadirse a la adquisición del estado civil, la libertad moral, la única que hace al hombre auténticamente dueño de sí; porque el impulso del simple apetito es esclavitud, y la obediencia a la ley que uno se ha prescrito es la libertad.
b Según el texto, ¿ que gana el hombre viviendo en la sociedad civil? ¿Se podría afirmar lo mismo hoy día?
Gana libertad civil y la propiedad de todo cuanto posee. Si se podria.
c ¿Qué diferencia hay entre libertad natural y libertad civil?
Natural: es propia de todos los hombres por su naturaleza humana.
Civil:
Según lo precedente, podría añadirse a la adquisición del estado civil, la libertad moral, la única que hace al hombre auténticamente dueño de sí; porque el impulso del simple apetito es esclavitud, y la obediencia a la ley que uno se ha prescrito es la libertad.
b Según el texto, ¿ que gana el hombre viviendo en la sociedad civil? ¿Se podría afirmar lo mismo hoy día?
Gana libertad civil y la propiedad de todo cuanto posee. Si se podria.
c ¿Qué diferencia hay entre libertad natural y libertad civil?
Natural: es propia de todos los hombres por su naturaleza humana.
Civil:
lunes, 14 de enero de 2013
El contrato social de J.J. Rousseau
EL CONTRATO SOCIAL.
El contrato social (1762), Rousseau intenta articular la integración de los individuos en la comunidad; las exigencias de libertad del ciudadano han de verse garantizadas a través de un contrato social ideal que estipule la entrega total de cada asociado a la comunidad, de forma que su extrema dependencia respecto de la ciudad lo libere de aquella que tiene respecto de otros ciudadanos y de su egoísmo particular. La voluntad general señala el acuerdo de las distintas voluntades particulares, por lo que en ella se expresa la racionalidad que les es común, de modo que aquella dependencia se convierte en la auténtica realización de la libertad del individuo, en cuanto ser racional.
El contrato social (1762), Rousseau intenta articular la integración de los individuos en la comunidad; las exigencias de libertad del ciudadano han de verse garantizadas a través de un contrato social ideal que estipule la entrega total de cada asociado a la comunidad, de forma que su extrema dependencia respecto de la ciudad lo libere de aquella que tiene respecto de otros ciudadanos y de su egoísmo particular. La voluntad general señala el acuerdo de las distintas voluntades particulares, por lo que en ella se expresa la racionalidad que les es común, de modo que aquella dependencia se convierte en la auténtica realización de la libertad del individuo, en cuanto ser racional.
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